El Informe favorable para construcción o IFC es un permiso sectorial a tramitar en la Seremi de agricultura para instalar y/o edificar construcciones ajenas a la agricultura en el sector rural, para las cuales se debe solicitar este cambio de uso de suelo.
Este permiso involucra sólo a las nuevas construcciones, con o sin subdivisión, según lo señalados por el Artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
¿Quiénes deben solicitar el Informe favorable para construcción?
Los dueños o propietarios de predios rurales que deseen desarrollar actividades diferentes a la agrícola y que garanticen la no afectación de los recursos naturales del predio y del entorno, que cumplan con los siguientes requisitos:
•Ser propietario del predio.
•Estar emplazado en el sector rural.
•Tener un proyecto factible de desarrollar y que sea compatible con la no afectación de los recursos naturales.
•Cumplir con los usos permitidos por los instrumentos de Planificación.
•Dirigir la solicitud al Seremi de Agricultura, indicar expresamente que el proyecto cumple con lo establecido en el Art 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y/o con los usos permitidos en las diferentes Áreas definidas por el Plan Regulador Intercomunales. Además debe identificar o individualizar el proyecto de construcción o construcción con subdivisión predial y estar firmada por el propietario y/o su representante.
•Individualizar a el o los propietarios del predio rural, donde se solicita informe favorable para la construcción indicando los siguientes antecedentes: nombre completo del propietario, Cédula de Identidad, dirección comercial, dirección postal, teléfono, correo
electrónico.
Cuales son los documentos requeridos par el IFC:
• Solicitud de Informe favorable para la construcción.
• Certificado de informaciones previas y/o Certificado de Ruralidad emitido por la Dirección de Obras Municipales (DOM) que corresponda, respecto de la ubicación del predio y los usos permitidos en las diversas áreas definidas por los instrumentos de planificación territorial.
• Certificados de factibilidad técnica (luz, alcantarillado y agua potable). En caso de no disponer de factibilidad por parte de la empresa concesionaria, debe proporcionar antecedentes sobre solución particular que implementará para abastecerse de servicios básicos (luz, agua potable y tratamiento de aguas servidas).
• Certificado de avalúo fiscal con clasificación de suelo emitido por el Servicio de Impuestos Internos.
• Certificado de dominio vigente actualizado, del predio y de los derechos de agua, con vigencia no mayor a 90 días.
• Estudio técnico o Memoria explicativa, suscrita por un profesional competente, que señale la factibilidad del proyecto, cómo se insertará en el medio rural y la incidencia en los recursos naturales renovables suelo, agua y aire. Adjuntar antecedentes de obras de urbanización existentes en el predio, derechos de aprovechamiento de aguas, vías de acceso existentes y proyectadas y, servidumbres.
• Cuatro a seis copias del plano del predio.
GRN 2016 www.grn.cl Informe favorable para construcción o IFC