¿Cómo se realiza un cambio de uso de suelo?

¿Cómo se realiza un cambio de uso de suelo?

¿Cómo se realiza un cambio de uso de suelo?

¿Cómo se realiza un cambio de uso de suelo?

INSTRUCTIVO PARA SOLICITAR INFORME FAVORABLE PARA CONSTRUCCIONES AJENAS A LA AGRICULTURA EMPLAZADAS EN EL SECTOR RURAL  Fuente: SAG, 2015

Conforme a lo preceptuado en el Artículo 55° de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, corresponde a los Secretarios Regionales Ministeriales de Agricultura autorizar y/o informar construcciones ajenas a la agricultura en el área rural, es decir la autorización del cambio de uso de suelo.

Para esto los proyectos que contemplan construcciones con o sin subdivisión, ajenas a la agricultura en predios ubicados en zonas rurales reguladas por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), se rigen por el Art. 55 de la LGUC, y el Art. 8.1.3., de la Ordenanza del PRMS, Titulo 8 Área restringida o excluida al desarrollo urbano.

La SEREMI de Agricultura tendrá el carácter de ventanilla única, lo que significa que todos los trámites relativos al IFC deben gestionarse a través de dicha SEREMI quien se encargará de solicitar opinión técnica al Servicio Agrícola y Ganadero y pronunciamiento ante la SEREMI del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.

El costo de dicho trámite será el establecido por Resolución N° 3816 del año 1996 del SAG que fija los valores por inspección, correspondientes a 1.75 UTM para fines industriales y mineros, o 1,25 UTM para otros fines como vivienda y turismo los que deberán ser cancelados en las oficinas del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) respectivo.

ANTECEDENTES REQUERIDOS

1. SOLICITUD DIRIGIDA AL SEREMI: firmada por el (la) (los) propietario (a) (s) y proporcionando los siguientes antecedentes:

a. Antecedentes Propietario: Nombre, Rut (cédula de identidad tratándose de personas naturales), domicilio postal, dirección de contacto, teléfono y correo electrónico.

 El solicitante debe ser el propietario, esto es, la persona que tiene una inscripción de dominio vigente de la propiedad objeto de la solicitud, en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo. La solicitud puede ser presentada personalmente, o a través de un mandato simple, el que debe adjuntarse.

 Si hay más de un dueño, la solicitud deben firmarla todos los co-propietarios o uno de ellos, debidamente autorizado por el resto, mediante mandato simple.

 Si el propietario es un Comité de Viviendas, la solicitud debe venir firmada por su Presidente, adjuntando los documentos fundantes de su representación.

 Si el dueño es una sociedad, la solicitud debe firmarla el representante legal, adjuntando los documentos fundantes de su representación, copia autorizada de la escritura social, de la inscripción correspondiente y del certificado de vigencia de la misma.

 Si el dueño es una comunidad, la solicitud de cambio de uso de suelo debe firmarla el representante legal, adjuntando los documentos fundantes de su representación según los estatutos, los que deben acompañarse.

 Si los dueños del predio son herederos, debe adjuntarse copia de la posesión efectiva y deben formular la solicitud todos los herederos o adjuntar mandato simple, que autorice a uno de ellos.

 Si el dueño del predio es un Municipio, la solicitud debe contar con aprobación del Concejo Municipal, adjuntándose copia del acta respectiva.

 Si el solicitante es el titular de una concesión minera y de la respectiva servidumbre, deberá adjuntar los documentos que acrediten tal calidad.

b. Antecedentes del predio: Nombre del predio, dirección, comuna, rol de avalúo, superficie predial, ubicación georreferenciada (UTM), inscripción de dominio en el Registro de Propiedad respectivo, indicación de la clase de suelo y señalamiento de deslindes.

La superficie y los deslindes, señalados en la solicitud y en los planos, deben ser coincidentes con la singularización del predio en su inscripción de dominio. Si ello no es así, el propietario deberá, previamente, efectuar una modificación en la respectiva inscripción de dominio.

c. Justificación de la solicitud: Precisar el objetivo, los fundamentos y el nuevo fin de la actividad, que debe ser alguna de las cuatro situaciones previstas en el Art 55 de la LGUC y lo dispuesto en el Art 2.1.7 punto 3 letra d de la OGUC.

 Complementar alguna actividad industrial con viviendas;

 Dotar de equipamiento a algún sector rural;

 Habilitar un balneario o campamento turístico; o

 Construir conjuntos de viviendas sociales o, conjuntos de viviendas de hasta un valor de 1.000 U.F., que cuenten con los requisitos para obtener el subsidio del Estado.

 Usos de suelo establecidos en el PRMS.

2. DOCUMENTOS:

a. Certificado de Informaciones Previas (CIP) de la Dirección de Obras de la Municipalidad respectiva.

b. Fotocopia de cedula de identidad del propietario del predio y/o su representante legal.

c. Mandato simple de quien tramita.

d. Declaración jurada de dominio acompañado de una copia simple del certificado de dominio vigente, o de la correspondiente inscripción especial de herencia, emanado del Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una vigencia no mayor a 90 días.

e. Certificado de avalúo, con clasificación de suelos, extendido por el S.I.I.

f. Factibilidad de agua potable y alcantarillado, otorgado por la empresa de servicios sanitarios que corresponda, si ella existe.

g. Antecedentes complementarios que debe adjuntar para proyectos de:

 Evaluados ambientalmente por el SEIA: se debe adjuntar Resolución de Calificación Ambiental (RCA) emitida por el (SEA) RM. (PAS 160)

 Turismo: Informe previo de SERNATUR, en el caso que el predio se emplace en zona de interés turístico.

 Subdivisión con construcción de viviendas que se ajustan al inciso 3 del Art 55 de la LGUC.

Carta del Alcalde que patrocina el proyecto. Art 8.3.2 del PRMS.

Certificado de tasación de viviendas acreditando su condición de menor a UF 1.000 y que cuenten con los requisitos para obtener el subsidio del Estado.

3. INFORMACIÓN TÉCNICA DEL PROYECTO.

a. Informe de no afectación de Recursos Naturales: Mencionar como se insertará en su entorno y medio rural, incidencia que tendrá sobre los Recursos Naturales Renovables (suelo, agua, aire). Informar sobre antecedentes de tipo y capacidad de uso del suelo, flora y fauna, disponibilidad de riego, derechos de aprovechamiento de aguas, cursos de aguas y/o existencia de pozos, infraestructura agrícola, uso de instrumentos de fomento, etc.

b. Memoria explicativa del Anteproyecto de Construcción confeccionada y suscrita por un arquitecto, debe describir el proyecto en términos constructivos, funcionales, de procedimiento y de productividad. En caso de no ser posible obtener certificado de factibilidad de la correspondiente empresa de servicios sanitarios, la memoria explicativa deberá incluir una propuesta de dotación de servicios de agua potable y alcantarillado, conforme al art. 3.1.7, letra c) de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.

4. PLANOS DE ANTEPROYECTO DE CONSTRUCCIÓN:

a. Cuatro copias de plano de emplazamiento de las construcciones, en que aparezca su silueta en sus partes más salientes, debidamente acotada y con indicación de sus

distancias hacia los deslindes respectivo o entre edificios, si correspondiera, incluyendo los puntos de aplicación rasantes y sus cotas con relación al nivel del suelo natural, indicando además los accesos vehiculares y peatonales, y demás características del anteproyecto, que permitan verificar el cumplimiento de las normas urbanísticas que le sean aplicables, según su destino. Además si corresponde, plantas esquemáticas, en que se ilustren los pisos subterráneos, el primer piso, las plantas repetitivas y demás pisos superiores, según el caso, señalando áreas comunes, si las hubiere.

b. Croquis de ubicación del terreno, con indicación de las vías o espacios públicos existentes en su proximidad y de otros elementos referenciales relevantes que faciliten su identificación: caminos, hitos de referencia, pueblos cercanos.

c. Georreferenciación en coordenadas UTM.

d. Viñeta: Singularización del predio y propietario (nombre, dirección, rol, firma); indicación del Norte; individualización del profesional arquitecto (nombre, domicilio, RUT, teléfono, correo electrónico, firma); y nombre del anteproyecto de construcción.

e. Cuadro general de superficie predial y edificada, especificando las superficies parciales necesarias, según tipo de proyecto.

f. Espacio para timbre, preferentemente en el extremo inferior derecho de la lámina.

g. Para los casos de loteos habitacionales de viviendas sociales y/o viviendas cuyo valor no exceda de 1.000 U.F. que sean sujetas de subsidio por parte del Estado, deberá ajustar su proyecto a lo señalado en el Art 6.2.8 de la OGUC y adjuntar cuadro de superficie y deslindes de los lotes resultantes de la subdivisión.